jueves, marzo 28, 2024
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PAREMOS LA REFORMA DE LA LEY DE EXTRANJERÍA

Escrito por

Éxodo 102 (ener.-febr’10)
– Autor: Varios Autores –
Tenemos derecho a tener derechos
 
Organizaciones sociales, de inmigrantes, de derechos humanos y de solidaridad internacional, sindicatos y organizaciones profesionales, para quienes la defensa de los derechos humanos constituye el eje central de la construcción de cualquier sociedad democrática y para quienes la actual crisis es fruto de una globalización neoliberal que atenta contra los derechos y condiciones de vida de las personas más vulnerables e impone la adopción de políticas económicas y sociales regresivas y represivas contra el conjunto de la población, pero especialmente contra la población migrante, tal y como fuera denunciado por el III Foro Social Mundial de las Migraciones en su Segunda Declaración de Rivas:

DENUNCIAMOS:

Que el 26 de junio de 2009, el Consejo de Ministros aprobó enviar al Congreso y al Senado una nueva reforma de la Ley de Extranjería que lesiona gravemente los derechos y libertades de la población extranjera y autóctona, por los motivos que a continuación se exponen:

El proyecto de reforma de la Ley redactado por el Gobierno no ha sido consensuado con las organizaciones sociales, siendo su resultado una ley muy alejada de la realidad social de la inmigración en el país. La futura ley profundizará en una visión de la inmigración como problema eminentemente policial, contribuyendo, de esta forma, a criminalizar a las personas de origen extranjero y a precarizar aún más la situación del colectivo.

La nueva reforma agrava, por tanto, en medidas de persecución, sanción y castigo contra personas extranjeras y autóctonas, en lugar de establecer una verdadera política estatal de integración social, que implique al conjunto de la sociedad, y que efectivamente se oriente hacia la protección de las libertades y derechos de la población extranjera y autóctona en el Estado español.

Las sanciones contra la población extranjera son desproporcionadas, contemplando privaciones de libertad y expulsiones forzosas por ejercer sus derechos fundamentales y manteniendo el desproporcionado e injusto sistema de sancionar con expulsión la mera estancia irregular o el mero hecho de trabajar sin permiso de trabajo. Faltas administrativas que para un nacional no suponen más que una multa económica, para una persona extranjera pueden llegar a suponer su detención e internamiento, por un periodo de hasta 60 días (ampliable hasta 74 días), en un Centro de Internamiento para Extranjeros (CIE). Un tipo de centros que ofrecen menos garantías que las cárceles y que han sido denunciados por el Parlamento Europeo y el Defensor del Pueblo por las condiciones de precariedad e indefensión a las que se ven sometidas las personas privadas de libertad en su interior. Además, el aumento del periodo de internamiento de 40 días, como contempla la actual ley, a 60 días, supone la violación del compromiso adquirido por el Gobierno de no aplicar en esta parte la Directiva de Retorno de la Unión Europea en el Estado español.

Las personas solicitantes de asilo internadas en CIE sufrirán una penalización de 14 días más de privación de libertad por ejercer su derecho fundamental a pedir refugio en el país, ante la posibilidad de ser expulsadas a su país de origen y tener temores fundados a ser perseguidas por sus opiniones políticas, su religión, su raza, su nacionalidad, su orientación sexual o su género.

Se criminaliza la solidaridad al perseguir un valor tan esencial del ser humano como es la hospitalidad. Con la nueva reforma de la Ley de Extranjería las personas que inviten y acojan en su casa a personas de origen extranjero que, por los motivos que sean, decidan continuar su permanencia en el Estado español más allá de la estancia legal permitida, podrán ser multadas con hasta 10.000 euros. Deliberadamente se culpabiliza a quien no ha cometido ninguna infracción ni delito, con la finalidad de perseguir a terceras personas que, en muchos casos, se encuentran en situación de vulnerabilidad e indefensión.

Las sanciones contra quien empadrone a una persona extranjera que no resida habitualmente en su vivienda suponen otra muestra más del acoso al que se verán sometidas las personas hospitalarias y solidarias. La amenaza de sanciones obstaculizará el empadronamiento de la población extranjera y la obtención de la tarjeta sanitaria, vulnerando el derecho a la salud del colectivo y de la sociedad en su conjunto. De esta forma se está obstaculizando el acceso a un derecho básico reconocido por la propia Constitución Española.

La insistencia en el proyecto de Ley por reconocer derechos a las personas extranjeras residentes legales frente a las personas sin papeles a las que se niega servicios y ayudas sociales, aumentará la precariedad, desprotección y vulnerabilidad de las personas migrantes con menores recursos y oportunidades. Situación que contribuirá a favorecer fenómenos de marginación social, rechazo, xenofobia y racismo contra las personas extranjeras en situación irregular.

Un derecho tan básico para cualquier persona como es el derecho a vivir en familia, reconocido universalmente por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU, se ve seriamente amenazado por las nuevas disposiciones del proyecto de reforma de la Ley de Extranjería. Las fuertes restricciones a la reagrupación familiar para aquellas y aquellos ascendientes menores de 65 años y la imposición de al menos 5 años de residencia para poder reagrupar, supone la ruptura de muchas familias y facilita enormemente que se puedan dar situaciones de desprotección de personas dependientes que necesitan del cuidado de sus familiares. Por otro lado, limitar el derecho a la reagrupación de los abuelos y las abuelas significa también impedir que las redes familiares puedan seguir apoyando a las mujeres inmigrantes, para que éstas puedan participar en el espacio social.

El tratamiento que se da a las y los menores extranjeros no acompañados en el proyecto de reforma de la Ley es extremadamente preocupante. Se prima la condición de extranjero sobre la de menor, haciendo oídos sordos de la Convención de Derechos del Niño de la ONU y favoreciendo violaciones flagrantes de los derechos del menor. El principal interés que se trasluce no es el “interés superior del menor” sino la obsesión por expulsar del país a cuantas más personas extranjeras mejor, cuando ningún menor debe ser considerado irregular y por tanto ser expulsado ni expuesto a una situación de vulnerabilidad.

El derecho a la justicia gratuita que asiste a toda persona, independientemente de su origen, se verá perjudicado. La obligación de aumentar las pruebas documentales que acrediten la falta de recursos económicos para la designación de un abogado de oficio limitará el acceso a la defensa jurídica de las personas rechazadas en aeropuertos o con orden de expulsión. En muchos casos no se podrá reunir la documentación necesaria antes de vencer el plazo de devolución y de expulsión, con lo cual quedará vulnerado el derecho a la defensa reconocido por la Constitución.

El proyecto trata de dificultar al máximo el acceso a los recursos judiciales ante la jurisdicción contencioso- administrativa, frente a las resoluciones gubernativas que pongan fin a la vía administrativa en materia de denegaciones de entrada, devolución o expulsión, al exigir que la persona inmigrante declare formalmente su intención de recurrir.

No se establecen verdaderas garantías para las mujeres indocumentadas víctimas de violencia de género, ya que se obliga a la iniciación de un expediente sancionador a aquellas mujeres en situación irregular que denuncien estos hechos ante la policía, desincentivando estas mismas denuncias. Así mismo, se supedita la autorización de residencia y trabajo a que los procedimientos penales resulten favorables, dejándolas en situación de desamparo cuando el procedimiento penal se archive por sobreseimiento provisional.

El proyecto articula un esquema de nacionalismo económico propio de la “preferencia del español” y consa gra y refuerza la visión utilitarista de la inmigración, al seguir conectándola con las necesidades de la situación nacional de empleo.

Se olvida que una condición básica de la integración social es la integración política y el acceso a la ciudadanía, de acuerdo al principio constitucional de igualdad. Sin desconocer la literalidad del art. 13 de la Constitución, el proyecto no establece avances reales para la participación política de las personas inmigrantes.

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