jueves, abril 25, 2024
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FORO DE VIDA INDEPENDIENTE / XIARA /ASAMBLEA FEMINISTA

Éxodo 87 (ener.-febr.’07)
– Autor: Jesús Aguilar y Evaristo Villar –

Hacemos la entrevista, en esta ocasión, no a una sola persona concreta, sino a tres colectivos que activa o pasivamente se sienten afectados por la Ley de Dependencia. Se trata del Foro de Vida Independiente, de la Asociación de Empregadas de Fogar “Xiara” y de La Asamblea Feminista de Madrid. A las tres agrupaciones le hemos formulado las mismas preguntas. Son estas: 1.ª ¿Quiénes sois?; 2.ª ¿Qué tiene que ver vuestro colectivo con la Ley de Dependencia?; 3.ª ¿De qué forma os veis afectados/as por esta Ley: qué os resuelve o no resuelve esta ley?; 4.ª ¿Qué propuestas alternativas tenéis que formular? En las páginas que siguen ofrecemos sus respuestas a nuestro cuestionario. No queremos establecer ninguna interferencia entre los colectivos que responden y el lector. Tampoco nos sentimos con autoridad para establecer comparaciones ni valoraciones. Queremos que, en esta ocasión, los colectivos hablen sin intermediarios y los lectores saquen su propias conclusiones.

¿Quiénes sois?

Somos el Foro de Vida Independiente, una agrupación ciudadana que se organiza a través de Internet para luchar por los derechos de las personas que son discriminadas por su diversidad funcional (discapacidad). Carecemos de estructura, NIF, junta directiva, presidente, etc. Cada uno se representa a sí mismo y delega puntualmente su representación en otros para actuaciones concretas.

¿Qué tiene que ver vuestro colectivo con la Ley de Dependencia?

Muchos de nosotros vivimos todos los días en situación de «inDependencia» y, por lo tanto, somos los verdaderos expertos en esta realidad. Llevamos trabajando desde 2004 para hacer llegar a todos los agentes sociales y a gobiernos y administraciones públicas nuestro punto de vista sobre cómo debería ser la Ley. Hemos elaborado más de media docena de documentos relacionados con esta Ley y hemos comparecido para expresar nuestro punto de vista en el Congreso de los Diputados, la Generalitat de Cataluña, la Generalitat de Valencia y la Junta de Castilla y León. También hemos visitado a diversos agentes sociales y comparecido ante diferentes medios de comunicación.

¿De qué forma os veis afectados/as por esta Ley: qué os resuelve o no resuelve?

Esta Ley puede representar la herramienta que muchos de nosotros necesitamos para poder vivir una vida en igualdad de oportunidades con el resto de la ciudadanía. Poder levantarnos y acostarnos con la libertad de horarios de la que disponen los demás, poder participar plenamente en la vida social, poder trabajar y estudiar sin ser discriminados. En definitiva, poder controlar nuestras propias vidas sin vivir condenados a elegir entre vivir en una residencia o depender eternamente de nuestra familia. En función de V I S Foro de Vida Independiente lo que se establezca en los reglamentos y en los desarrollos en las Comunidades Autónomas, podremos disponer de herramientas como una asistencia personal adecuada bajo nuestro control económico, a través del pago directo, una prestación ya contemplada en el artículo 19 de la Ley.

Mientras no salgan los Reales Decretos que detallen a qué se tiene derecho exactamente, no sabremos qué es lo que resuelve la Ley. No obstante, con su redacción actual sí sabemos qué no resuelve: la discriminación histórica de las personas que vivimos en situación de «inDependencia». Al no garantizar las ayudas técnicas necesarias, no proveer de asistencia personal para la vida comunitaria (más allá de estudios y trabajo) y establecer un copago en función de ingresos y patrimonio (contraviniendo el principio constitucional de equidad), esta Ley: seguirá sin garantizar las herramientas que necesitamos para participar plenamente en la sociedad y nos seguirá haciendo repagar por el mero hecho de ser diferentes.

¿Qué propuestas alternativas tenéis que formular?

Nuestras propuestas alternativas están orientadas a conseguir una garantía real y efectiva de la igualdad de oportunidades y la no discriminación de las personas que viven en situación de «inDependencia», en línea con lo establecido en la recientemente aprobada Convención de la ONU para las personas con discapacidad (diversidad funcional).

Estas propuestas se centran principalmente en los siguientes aspectos:

a. La consideración de las ayudas técnicas como un derecho no sujeto a disposiciones presupuestarias. De esta manera, además de cumplir con lo establecido por la ONU, se garantizaría la salud de los asistentes personales y de las personas de apoyo, se ahorrarían costes y se crearían nuevos yacimientos de empleo y de desarrollo económico.

b. La eliminación de la discriminación que supone el copago (o repago) en función de ingresos y patrimonio. Si se parte del principio de que se debe pagar igual a personas diferentes por realizar el mismo trabajo, el copago en función de ingresos resulta en una discriminación para las personas que viven en situación de «inDependencia». Así, al necesitar la ayuda de otra persona para realizar su trabajo, ven detraído de su salario el dinero necesario para pagar su asistencia personal. Si el coste de la asistencia personal no es cubierto plenamente por la administración, la persona recibe al final una menor retribución por realizar la misma tarea que sus compañeros de trabajo. Las personas con gran diversidad funcional que quieren trabajar pasan en seguida a ganar más que la mayoría de su grupo, por lo que, con el copago en función de ingresos, acaban copagando (o repagando), y por lo tanto, cobrando menos por el hecho de ser diferentes.

c. La provisión de la asistencia personal en cuantía suficiente y de manera que se pueda desarrollar una vida plena que no reducida al ámbito laboral y académico. Esta asistencia no debe estar restringida a ningún tipo o nivel de «inDepedencia», en línea con lo que se indica en el artículo 19 de la Convención de la ONU.

d. La verdadera garantía de los derechos establecidos en la Ley a través de asesores en promoción de la autonomía o de Vida Independiente que garanticen que los posibles usuarios del sistema sean conscientes de sus derechos y de sus mecanismos de reclamación, ante la valoración y la asignación de servicios. Este tipo de figura ya existe en otros países en los que está implantada la filosofía de Vida Independiente y está definida en el actual proyecto de Ley Británico, paralelo al español.

XIARA

¿Quiénes sois?

Somos la asociación de trabajadoras de hogar “Xiara”, de Galicia, y nuestro objetivo fundamental es luchar por la dignificación social y laboral de nuestra profesión en cuanto a condiciones legales de nuestro trabajo y sociales.

¿Qué tiene que ver vuestro colectivo con la Ley de Dependencia?

La Ley de Dependencia tiene mucho que ver con nuestro trabajo, ya que en la mayoría de los casos atendemos y mejoramos las condiciones de vida de muchas personas dependientes que atendemos, cuidamos y acompañamos en sus casas.

¿De qué forma os veis afectadas por esta Ley: qué os resuelve o no resuelve?

Nos afecta esta nueva ley en dos sentidos fundamentalmente: en cuanto a la relación del voluntariado con las personas dependientes y un servicio profesionalizado y de substitución de puestos de trabajo que influiría notablemente en un aumento de la precarización del mismo, y en cuanto a la privatización de los servicios (empresas privadas gestoras al cien por cien de los servicios y atención de personas dependientes), entendemos que servicios que son para la comunidad no deben estar en manos de empresas privadas porque no se garantiza un servicio igual y de calidad para todas las personas que tenga algún tipo de dependencia y sus familiares.

¿Qué propuestas alternativas tenéis que formular?

Al igual que en la educación, la salud … que son servicios para todos y todas, tienen que tener unos mecanismos de control para que la profesionalización y la calidad en el servicio sea garantizada; si las personas que van a trabajar con las personas dependientes no tienen unas condiciones laborales mínimas ( prestación por desempleo, horarios, salarios en condiciones dignas, bajas laborales en condiciones dignas, acceso a la formación profesional) no se puede garantizar la calidad del servicio.

Proponemos que: _ no se reconozca el voluntariado como forma de llevar un servicio de estas características adelante; _ la gestión del servicio a nivel de personal, infraestructuras, etc., sea público.

ASAMBLEA FEMINISTA DE MADRID

¿Quiénes sois?

La Asamblea Feminista de Madrid es un grupo con una importante historia de lucha y reivindicaciones. Su origen arranca a finales de los años 80, y se constituyó como un espacio donde poner en común experiencias y debates, aunar esfuerzos y coordinar la lucha feminista. Las mujeres que hoy formamos la Asamblea participamos del empeño colectivo del feminismo para conseguir un mundo donde las diferencias de sexo no supongan discriminación ni subordinación y en el que las mujeres vivamos con autonomía y libertad.

Nuestra práctica como colectivo se basa en un feminismo crítico y reivindicativo, que abarca distintas actividades, como son el estudio y análisis de temas que nos interesan como feministas, la difusión de nuestras ideas y propuestas a través de charlas-debate, mesas redondas, publicación de documentos. También realizamos campañas en colaboración y coordinación con otros grupos de mujeres de Madrid, entre las que destacamos el 8 de Marzo y con otros grupos del Estado, a través de la Coordinadora Estatal de Organizaciones Feministas.

¿Qué tiene que ver tu colectivo con la Ley de Dependencia?

La Ley de Dependencia aborda una parte muy importante del trabajo de cuidados que actualmente desarrollan las mujeres, como es el cuidado a personas dependientes de carácter permanente (personas ancianas, enfermas o discapacitadas). Actualmente, todos estos trabajos implicados en el cuidado de la vida, el bienestar físico, emocional y afectivo de las personas, son desarrollados casi en exclusividad por las mujeres, (en el 83% de los casos).

A pesar de todos los avances conquistados, las mujeres continuamos siendo las responsables del mantenimiento doméstico, de la crianza de hijos e hijas o la atención de personas ancianas y enfermas, liberando al hombre de estas tareas, posibilitando así su acceso al mercado de trabajo y a la vida pública como un individuo autónomo sin este tipo de “cargas”. Mientras que para nosotras la responsabilidad casi exclusiva hacia este trabajo de cuidados supone unos costes personales y profesionales que nos determinan a la hora de no partir en igualdad de condiciones, siendo una de las principales causas de discriminación y un lastre para la realización personal y profesional de las mujeres. A pesar de producir bienestar, somos las más perjudicadas, bien por limitaciones en el acceso al mercado laboral, sobrecarga de tareas, sacrificio o renuncia.

Pero la Ley no afecta sólo a las mujeres como cuidadoras, sino también como receptoras de cuidados (lo son en el 69% de los casos). Entre otras razones porque la mujer presenta una mayor esperanza de vida que el hombre, lo que hace que aumente el riesgo de dependencia y su prolongación en el tiempo.

¿De qué forma os veis afectadas por esta Ley. ¿Qué os resuelve a vuestro entender?

La ley está planteada para abordar la actual desprotección y falta de recursos existente hacia una parte de la población dependiente, ya que deja fuera a niños y niñas pequeños sanos, que por no ser dependientes con carácter de permanencia no son contemplados en la ley.

El objetivo del texto nos parece muy positivo ya que pretende dar cobertura de atención a “los grandes dependientes”, con situaciones muy problemáticas y con gran precariedad por falta de recursos. Esto supone que toda persona que sea valorada y reconocida como dependiente tendrá derecho de atención. Este derecho deberá ser garantizado por el Estado y Administraciones públicas, a través de la creación de un Sistema de Atención a nivel Estatal, con carácter Universal.

¿Qué no resuelve?

Aunque la Ley prevé resolver los problemas más acuciantes a los que se enfrenta la población de grandes dependientes, 1.125.000 personas en 2005, esto apenas supone el 40% del total de discapacitados que ese mismo año necesitarán ayuda. El otro 60%, donde encontramos personas con discapacidad intelectual, problemas de salud mental o enfermos de Alzheimer de primer grado, pueden quedar fuera del actual sistema de valoración al no ser reconocidos como dependientes.

Otro de los aspectos más graves de esta Ley es la introducción, como una modalidad más del sistema de atención, de la ayuda a la persona principal que cuide (mujeres en un 83% de los casos). Esta ayuda será percibida en función de la capacidad económica de la persona dependiente, y para recibirla la principal cuidadora no debe estar trabajando remuneradamente, pero sí tiene que darse de alta y cotizar a la seguridad social.

El contemplar esta ayuda a la persona cuidadora, como una modalidad más de acceso al sistema, esta vez con rango de ley. Supone seguir potenciando el rol de cuidadora de las mujeres, volviendo a cargar sobre nosotras una responsabilidad que debe ser asumida por el conjunto de la sociedad. Desde el feminismo criticamos por ello el salario al ama de casa o mujer cuidadora, al mismo tiempo que defendemos como necesario y justo el reconocimiento del trabajo de cuidados. En este sentido, nos parece positivo que se reconozcan todos los beneficios sociales y económicos de los que goza cualquier trabajadora, como el derecho a pensión y prestaciones para cuidar en condiciones dignas. Pero debería ser una medida transitoria para mujeres que actualmente por edad y situación no han podido optar en igualdad de condiciones a toda una serie de oportunidades profesionales.

¿Qué propuestas alternativas tenéis que formular?

Esta Ley supone una gran oportunidad para abordar las tareas de cuidados desde la corresponsabilidad social de todos y todas. Para ello, nosotras, como feministas, planteamos: – Que sea a través de un sistema público y verdaderamente universal, sin que el derecho de atención se limite por el nivel de dependencia, la nacionalidad y el poder adquisitivo. – Que este derecho sea garantizado por las Administraciones Públicas, sin que para las mujeres siga suponiendo una imposición social, que nos discrimina. Debemos elegir si queremos cuidar, en qué condiciones y durante cuanto tiempo, poniéndose todos los medios adecuados para ello.

Es necesario que el catálogo de servicios garantice la prioridad de los servicios públicos frente a los concertados y privados que contempla la ley. Ya que es la única manera de garantizar su accesibilidad y calidad. Además, deben ser flexibles y variados, en función de las necesidades cambiantes de la familia y del dependiente.

La modalidad de ayuda a la mujer cuidadora no debe aparecer con rango de ley, como un servicio más que presta el sistema. Vemos positivo el que a las mujeres que cuidan actualmente se les reconozca el trabajo de cuidados que realizan a través de mejoras concretas y de carácter transitorio que vayan enfocadas a una mejora de sus condiciones de vida, como el derecho a pensión u otras prestaciones que demanden. Aunque nunca con rango de ley, ya que significa perpetuar nuestro rol de cuidadoras volviendo a cargar sobre las mujeres una responsabilidad que es también de los hombres y de la sociedad en su conjunto.

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