viernes, abril 19, 2024
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Libertad plena en el morir

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Éxodo 152
– Autor: Fernando Pedrós –

Hace bastantes años, leyendo una obra de la filósofa ética de Victoria Camps, tropecé con una reflexión sobre la ilegalidad ideal, que rápidamente traspasé a la situación de las conductas eutanásicas. “Las garantías de la legalidad se nos muestran insuficientes, pero el deseo de la ilegalidad suele de hecho encubrir la esperanza de una distinta”. Hoy, la legalidad está en el art. 143 del Código Penal (CP) –represor de lo eutanásico–, que siempre me ha parecido una norma legal perversa, y ese deseo de ilegalidad coincidía con el art. 10 de la Constitución (CE). Resultaba, pues, que la autonomía y el “libre desarrollo de la personalidad”, siendo fundamentos de nuestro ordenamiento jurídico, avalaban que la última decisión del ciudadano tenía que ser tomada en libertad. Además, no era yo solo, eran muchos los que a lo largo de los años buscaban su libertad en el morir mediante eutanasias clandestinas. Como en España no hay datos sobre el hecho eutanásico clandestino, únicamente puedo aportar para poder aproximarnos a esta realidad que el Instituto Nacional de la Demografía de Francia considera que las prácticas de eutanasia en su país eran el 0,6 por ciento de las defunciones. Una estimación de este estilo nos llevaría en España a más de 2.600 eutanasias clandestinas, a las que habría que añadir los suicidios anuales debidamente certificados que por razón de enfermedad grave se producen en España, y que de haber existido una ley reguladora de la eutanasia no hubieran recurrido a métodos violentos en contra de su dignidad…

El sí a lo eutanásico

Si buscamos la genealogía de las posturas en contra y a favor de las conductas eutanásicas, podemos dar con su inicio en dos personas de iglesia. Una reflexión teológica de Agustín de Hipona dio pie a la beligerancia del pensamiento medieval cristiano contra lo eutanásico, pues la vida era creada y mantenida por Dios y el hombre debía respetarla por lealtad al creador. Superando esta postura, los humanistas del Renacimiento –entre ellos Tomás Moro y tras él Francis Bacon– confrontaron el humanismo renacentista con el humanismo fundamentalista cristiano. Tras los humanistas vinieron los filósofos del siglo xviii; Hume, por ejemplo, escribió a contracorriente de la cultura dominante la obra Del suicidio, pero no se pudo publicar mientras vivió, y después de muerto el editor que se atrevió lo hizo con un aviso en sus primeras páginas en que se combatía “el veneno pestilente contenido en esta obra”. Tomás Moro, con su talante renacentista, planta cara en su obra Utopía a la visión cristiana del morir de los ars moriendi, y defiende las conductas eutanásicas. Tras Moro, vendrá Bacon, y esta mentalidad se afinca en el pensamiento de ilustrados de Inglaterra, llegando hasta el posicionamiento político de filósofos y librepensadores en Inglaterra en la primera mitad del siglo xx. Ya en 1873, el ensayista Samuel D. Williams escribía en la revista Popular Science Monthly un artículo titulado «Euthanasia», donde se dice que “en todos los casos de enfermedad sin cura y dolorosa se debería reconocer como tarea del médico, si así lo hubiera manifestado el paciente, la administración de cloroformo u otro anestésico que sobrepase al cloroformo, con el fin de destruir la conciencia de una vez y llevar al enfermo a una muerte rápida y sin dolor”.

Viniendo a los albores del movimiento eutanásico actual, en 1935 se creó en Gran Bretaña la ‘Asociación de la Eutanasia Voluntaria’ (The Voluntary Euthanasia Society, VES) en defensa del derecho a morir con dignidad. Durante un tiempo la asociación empleó un título bien significativo, Exit (salida), y estuvo apoyada por personalidades célebres como J. Huxley, G. B. Shaw y H. G. Wells. Los movimientos proeutanasia nacieron de personas o grupos de librepensadores y fueron apoyados por intelectuales. Así, por ejemplo, la revista The Humanist, en su número de julio-agosto de 1974, publicó un «Manifiesto en favor de la eutanasia bienhechora» (Plea for Beneficent Euthanasia), y entre los 40 firmantes del documento estaban los Premios Nobel Linus Pauling, George Thomson y Jacques Monod. Es un documento importante en que los firmantes, basándose en motivos éticos, se declaran a favor de una eutanasia bienhechora y reclaman que “las sociedades elaboren una política humana en relación con la muerte y el morir”.

En nuestro país nadie parecía advertir que la dureza jurídica chirriaba sobre todo con los artículos 1 y 10 de la CE. Fue un profesor de Ciencias Exactas de la Complutense, Miguel Ángel Lerma, quien, tras la experiencia de la muerte con fuertes sufrimientos de su madre en 1980 y la reflexión personal de que si vivimos “en una sociedad libre y tolerante, corresponde a cada de uno de nosotros decidir cómo hemos de morir”, le llevaron a inscribirse en 1983 en la veterana sociedad británica Voluntary Euthanasia Society (VES), y, una vez con suficiente información sobre asociaciones similares, fundar en 1984 la asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD). Eran momentos propicios e ilusionantes con gobierno socialista y dominio numérico de PSOE en el Congreso, y DMD inició la concienciación de la cuestión eutanásica en España. Sus miembros fueron activos en urgir la reforma del tratamiento del Código Penal español a las conductas eutanásicas. El primer acto con notoria relevancia se celebró en 1985 en Barcelona. En una mesa redonda se reunieron penalistas, filósofos, una fiscal y un médico de medicina legal sobre el tema «El derecho a morir dignamente y la reforma del Código Penal». La mesa tuvo gran aceptación de público y resonancia en los medios.

Desde sus inicios, DMD sabía y lo manifestaba públicamente que “los médicos forman un cuerpo fuerte, con gran poder social, y es posible que se nos opongan. Muy probablemente lo harán el partido conservador y algunos miembros de la iglesia católica”. No obstante, tanto Pániker como Teresa Betancor –presidente y vicepresidenta de la asociación», en diferentes artículos de prensa, manifestaban que España tiene todavía con la reforma del CP “la oportunidad histórica de ser el primer país que conceda al ser humano la plena posesión de su destino”. Para ello se estudió y preparó un texto alternativo al entonces vigente art. 409. A comienzos de 1993 se publicó el Manifiesto, inspirado por DMD y en la misma línea de la enmienda presentada a los partidos políticos. Apoyados en el derecho humano a decidir sobre la propia muerte, los firmantes solicitan que “se autorice la ayuda a morir de forma indolora a quienes así lo hayan solicitado” de entre los enfermos en situación irreversible de sufrimiento o dolor. Son 58 firmantes entre intelectuales y personas de la cultura.

Una política insensible

Si de entonces acá queremos hacer un repaso a las ideas y avatares políticos de la cuestión eutanásica, primero hay que decir que el problema ha afectado a la política por momentos y con bastante superficialidad. La derecha conservadora se ha mantenido cerrada al problema y ha estado detrás de la beligerancia de la jerarquía católica; la izquierda socialista ha sido timorata y solo algún grupo minoritario de izquierda ha mantenido un apoyo a lo eutanásico de forma testimonial. Los primeros tiempos de la transición debieran haber sido el momento al menos de un planeamiento serio y formal del enfrentamiento de la palabra meramente represiva y penal de la norma del CP con los valores constitucionales. La muerte eutanásica era un homicidio para el CP –postura que venía muy de lejos–, y en el art. 10 de la CE se hablaba como novedad jurídica que el ciudadano era autónomo y que había que respetar el libre desarrollo de su personalidad. Pero ni entonces ni en lo sucesivo hasta este momento nadie ha denunciado tal conflicto, y hasta el Tribunal Constitucional en diversas actuaciones ha perdido la ocasión de dirimir esta paradoja jurídica.

Se puede hacer una crónica de los episodios acerca de la deliberación política del problema eutanásico desde la transición hasta ahora. Pero no hay que olvidar que por debajo de tales episodios políticos existe un flujo de ideas y de intereses que aportan el sentido e interpretación de los comportamientos y actuaciones políticas. No hay que olvidar para comprender esta edad de hierro de las conductas eutanásicas que el art. 143 del CP es en sus líneas maestras sucesor del artículo parejo de la reforma del CP de 1848. Digo esto porque los juristas reformadores de mediados del xix no se enteraron de los valores ilustrados que en Europa sostenían librepensadores e ilustrados, valores que habían florecido en el siglo anterior, Siglo de las Luces. Solamente en esa reforma se limpió el artículo de aquellas penas que procedían de tiempos de la Inquisición. El alma jurídica del art. 143 es herencia legal de la interpretación represiva de lo eutanásico del Antiguo Régimen, y de este modo la reforma de la norma penal de 1995, con los socialistas en el gobierno y dominando numéricamente en el Congreso, desconoció la racionalidad jurídica de la ilustración que, sin embargo, estaba ya asumida desde 1978 en los artículos 1 y 10 de la CE.

El CP siempre implícitamente ha alegado en el problema eutanásico un conflicto o mejor dicho una incompatibilidad para casar respeto a la vida y libertad del ciudadano. Al considerar la ‘eutanasia-homicidio’ el ciudadano que deseaba morir con la ayuda de otro debía refrenar su libertad porque esa ayuda era un claro homicidio. De entrada, puede considerarse esta colisión como un pseudoproblema, pues toda vida personal supone la potestad de ser autónomo y de autodeterminarse, lo que hace que la libertad sea valor primario y que en ello está la gran diferencia del ser humano de cualquier otro animal. En una palabra, la vida personal es libertad y la libertad es vida para el ser humano. Y, por otra parte, nunca se puede hablar de un homicidio consentido cuando el homicidio es la destrucción de una vida humana en contra de la voluntad de la víctima.

Pero volviendo a la situación del conflicto de Vida vs. Libertad, en tiempos previos a la reforma de 1995, el Grupo de Estudios de Política Criminal (GEPC), integrado por un numeroso grupo de catedráticos y profesores de Derecho Penal, magistrados y fiscales, aprovechando la concienciación de la opinión pública promovida por DMD, lanzaba en 1991 el «Manifiesto a favor de la disponibilidad de la propia vida». Al año siguiente, este colectivo, dentro del marco de la CE en el que ha de inscribirse toda norma legal, presentó una propuesta alternativa al tratamiento jurídico del CP con el fin de sugerir a los juristas del Ministerio de Justicia –siendo ministro Belloch– de que existía una compatibilidad desde la comprensión del “libre desarrollo de la personalidad” del art. 10 CE. La propuesta hablaba de “una interpretación integradora de vida y libertad y, por consiguiente, una interpretación del art. 15 a la luz del libre desarrollo de la personalidad obliga a considerar que la vida impuesta contra la voluntad de su titular no puede merecer en todo caso el calificativo de bien jurídico protegido. En otros términos: la vida es un derecho, no un deber.” La propuesta fue desechada y la eutanasia salió de la reforma de nuevo con el sambenito de delito, incongruentemente incriminada como homicidio y penada con cárcel. La PL última conocida en 2019 –de factura del grupo parlamentario socialista– lleva a sus espaldas el mismo conflicto, pero con la pretensión de compatibilizar el valor vida y el valor libertad. Sin embargo, la solución que aporta es ‘un sí es no es’ de modo que el espíritu y la letra del art. 143 continúa con dos excepciones que por compasión escapan de la represión del CP.

La reforma hizo algunos retoques a la norma del CP, pero prescindió de la libertad del ciudadano en el desarrollo de su personalidad… y propiamente no hubo reforma en la comprensión de las conductas eutanásicas, pues el homicidio quedaba incrustado en la interpretación de lo eutanásico. Se perdió la ocasión de que los valores constitucionales impregnaran el fenómeno humano del morir en libertad, y fracasó lo que podía haber sido ‘el Código Penal de la democracia’.

La demanda social

Para poder hacernos una idea de los miedos al cambio de la gran mayoría de la clase política en nuestro país es necesario al menos apuntar lo que ocurría en otros espacios y más allá de nuestras fronteras. En pleno trabajo de reforma, en abril de 1993, Ramón Sampedro empezó su reclamación de tribunal en tribunal a favor de que quien le ayudase a morir no fuera perseguido judicialmente; además, en noviembre de 1994 hubo en Málaga un encuentro internacional de juristas que declaró necesario despenalizar la eutanasia. Era, pues, un toque de aviso a los parlamentos europeos, pero sobre todo al español, para que la reforma que se abordase tuviera un enfoque liberalizador. Es más, en una sentencia de la Audiencia de Barcelona sobre el caso Ramón Sampedro tanto el tribunal, en su sentencia, como el fiscal urgían al gobierno a que atendiera a la nueva sensibilidad social y llenase el vacío legal existente respecto a la eutanasia, y modificase el artículo que impedía la ayuda al suicidio. Esta sentencia provocó un sonoro pleno del Congreso en que se vivió el careo político de Pilar Rahola, portavoz de un grupo parlamentario minoritario que urgía la legalización de la eutanasia, con el ministro de Justicia Belloch.

En el ámbito internacional –en concreto en Holanda–, desde los años ochenta equipos de médicos y algunos tribunales de justicia trabajaban juntos en el campo de la práctica y el enjuiciamiento de la ayuda a morir. En diciembre de 1992 no se tocó el Código Penal que sancionaba la eutanasia, pero se dictó una ley en la que se describían los pasos que el médico debía dar para notificar una muerte por eutanasia. Los juristas españoles elaboradores del proyecto de reforma y los legisladores conocían estas experiencias médico-jurídicas y el avance legislativo holandés, pero eran ajenos a la sensibilidad y preocupación patentes en Holanda y, por tanto, no existía la voluntad política de abordar la cuestión eutanásica.

Con la aprobación en el Congreso del art. 143 del CP se evidenciaba la postura timorata del PSOE en la presentación del texto de reforma y la postura de las formaciones políticas en el debate parlamentario. Hubo dos posturas radicalmente enfrentadas: Federico Trillo (PP) solo aceptó la rebaja de penas por la eutanasia activa, y Diego López Garrido (IU), que pedía la despenalización absoluta de la eutanasia activa. Carmen del Campo, diputada del PSOE, defendió una posición tímida que derivaba en una negativa al cambio. Solo, pues, IU asumió la enmienda de DMD y del GEPC.

Los socialistas –puede ser por algún remordimiento o resquemor de su comportamiento anterior o por el escalofrío de la película sobre Ramón Sampedro– solicitaron en 1998 una comisión en el Congreso. Los populares quitaron fuerza a la comisión llevándola al Senado, donde tenían mayoría. A esa comisión fueron invitados e intervinieron la vicepresidenta de DMD, Teresa Betancor, y Henri Caillavet, presidente de Asociación Derecho a una Muerte Digna, de Francia. Caillavet, miembro del Comité Nacional de Ética de Francia, había sido ministro del gobierno de Mendès France y diputado nacional y europeo. En su exposición fue directo al núcleo de incongruencia del problema eutanásico. Recordó que el suicidio está autorizado desde hacia más de dos siglos, pero “si pido a alguien que me ayude a morir, porque no puedo ver o porque soy tetrapléjico y me encuentro en una cama, si una persona escucha mi petición puede tener una pena de reclusión o de trabajos forzados. Por tanto, existe una contradicción moral y jurídica. Nos gustaría que esta ‘herejía’ jurídica –digámoslo así–, que esta anomalía jurídica pudiera subsanarse. Por esta razón, nosotros, como Asociación de la Eutanasia, hemos presentado un proyecto de ley. (…). Como tengo la costumbre de hablar muy claramente, he de decir que mi hermano y yo –él es farmacéutico– hemos ayudado a nuestro padre a morir. En aquel momento tenía casi 90 años”. Pero de poco o nada sirvió la comisión, pues, al ser nombrada Esperanza Aguirre presidenta del Senado, fue clausurada. En dos años la comisión solo había celebrado 13 sesiones a las que comparecieron 38 personas cuando los intervinientes invitados eran 120. No se llegaron a discutir las cuestiones fundamentales ni se llegó a ninguna conclusión.

En marzo de 2004 llegó inesperadamente el triunfo electoral del PSOE. En el programa electoral se había prometido debatir en el Congreso el derecho a la eutanasia, pero el dominio de escaños que tenían los socialistas solo los emplearon en cerrar el camino a tal derecho y desecharon más de una decena de iniciativas o propuestas de ley presentadas por grupos minoritarios de izquierda. Hubo, sin embargo, un momento en el que personalmente pensé que por fin el PSOE, de la mano del presidente del gobierno, Rodríguez Zapatero, se decidía a que llegase el ‘Día E’ para la eutanasia. Casi por sorpresa, el ministro de Sanidad, Bernat Soria, a la vuelta de vacaciones del verano del 2008, habló de que en unos meses el tema de la eutanasia iba a ser tema de debate público. La eutanasia, que había quedado en varias ocasiones arrinconada y fuera de agenda política, parece ser que iba a ser materia de deliberación política. El ministro de Sanidad prometía una ‘comisión de sabios’ que iba a trabajar en la cuestión eutanásica, pues no se había hecho ni en el Congreso ni en el Senado. Dada la experiencia de tantos vaivenes socialistas, siempre quedaba el dilema de si las palabras de Soria eran un anuncio oficial digno de crédito o más bien un eslogan político y por ello no valía la pena crearse ilusiones. Al parecer, al gobierno no le gustó ni la propuesta de la supuesta ‘Comisión Soria’ ni que este encargase al CIS una encuesta bien desglosada acerca del problema de la eutanasia. Por suerte, hoy al menos tenemos los resultados de este estudio demoscópico de gran importancia. Y casi a continuación de la dimisión de Soria, la nueva ministra de Sanidad y Política social, Trinidad Jiménez, a los pocos días de ser nombrada, en una entrevista daba las razones de la nueva desaparición de la regulación de la eutanasia de la agenda socialista. En su opinión –o en la del presidente del gobierno– “no existe un clima social que demande ese tipo de legislación”. Repetía el estribillo de otras ocasiones con una variación: antes se decía que había ‘demanda social’ y ahora que no había ‘clima social’.

Triste balance político

Echando la vista atrás vemos que en tiempos del nacionalcatolicismo de las décadas de la dictadura no se podía plantear el tema eutanásico, pero sí se debía haber tratado al inicio de la transición política. Sin embargo, la sombra del catolicismo era demasiado larga y a ella se acogía la ideología de la derecha. El PP lo dejaba bien claro con su silencio o con su actitud negativa. Así, por ejemplo, durante la tramitación de la Ley de Autonomía del Paciente (2002) dejó bien claro que tras la regulación del documento de voluntades anticipadas daba por cerrado el asunto del derecho en el morir. Respecto a los socialistas, una vez desperdiciado el tiempo de la reforma de 1995, hubiera cabido que el tiempo de gobierno de Zapatero hubiera sido el adecuado para la regulación eutanásica. El gobierno de Zapatero y el grupo parlamentario socialista tuvieron una preocupación por la democracia de los ciudadanos respecto a los derechos civiles y valores constitucionales. Se aprobaron leyes sobre el matrimonio homosexual, sobre procesos de separación y divorcio, reproducción asistida, acerca del derecho de transexuales y el cambio de sexo en el registro, ley de dependencia, etc. Es curioso que días antes de la aprobación de la ley de regulación del matrimonio homosexual el CIS publicaba una encuesta en que el 66 por ciento de la población apoyaba dicha legalización. Sin embargo, la encuesta del CIS (2009) sobre las conductas eutanásicas con unos porcentajes muy superiores al del tema de la homosexualidad no tuvo unas consecuencias parecidas. Hay quien opina que el ejecutivo se desgastó mucho frente a la iglesia en “cuestiones como el aborto y el matrimonio homosexual”.

Tras leer los textos de las tres Propuestas de Ley (PL) que se han presentado en estos años se aprecia que desconocen los valores ilustrados de la modernidad y el prioritario valor de la subjetividad del individuo que desea morir. El grupo o grupos parlamentarios que quieran trabajar sobre las conductas eutanásicas debieran volver, como base mínima, a la propuesta del GEPC en 1993 y diseñar una ley a partir del ‘libre desarrollo de la personalidad’ del ciudadano. Esta propuesta de entonces acá ha sido suficientemente trabajada por expertos juristas como para que una posible regulación tenga como base los principios y valores constitucionales en contraste con la propuesta actual de legislación. Por el momento el ‘progresismo’ político proeutanásico solo alcanza a proponer un derecho a la ayuda para morir en libertad a dos situaciones excepcionales que, además de ser debidamente evaluadas por dos médicos, tendrán que pasar por la aduana de una comisión de control previo que dará su visto bueno o rechazará la propuesta de ayuda. Con una ley de este talante se podrá decir que existe una ley, pero, al no tener la ley un anclaje jurídico en la autonomía del sujeto (la propuesta de ley incluso se ha olvidado que en la legislación existe una Ley de Autonomía del Paciente), la ley habrá supuesto una reforma del art. 143 al que se le aplican dos excepciones.

Desde la modernidad, desde el siglo xviii, se reclama que el ciudadano sea adulto y abandone la minoría de edad y, por tanto, sea libre para decidir en todo momento fundamental de su existencia. No se puede volver de nuevo a sufrir la teórica tensión de vida y libertad que se da en la norma del art. 143 del CP y que perdura en parte en la propuesta de la ley socialista. Llevamos ya muchos años con conciencia de necesidad de cambio y de dar una solución jurídica con sensatez constitucional del supuesto enfrentamiento de dos posturas: primacía de la vida o primacía de la libertad. Hay quien defiende –y es la postura legal hasta ahora– que la libertad de la persona ha de cederle el paso al valor de la vida. Pero, si la vida va por delante, hay que recordar que la Constitución española protege a la vida, pero no a cualquier fenómeno que se llame vida. El individuo, que es el que mejor sabe de su vida, protege su propia vida y no la pone en juego cuando disfruta de ella y, por ello, quiere acabarla libremente cuando ya no es vida. El filósofo Ferrater Mora solía comentar que “la vida con pena no merece la pena”. Pero, hay más, esa supuesta competencia entre vida protegible y la autonomía del individuo en la gestión de la propia vida tiene toda la apariencia de ser un pseudoproblema, ya que toda vida personal supone la potestad de ser autónomo y de autodeterminarse lo que hace que la libertad sea valor primario del ser humano y que en ello está la gran diferencia del humano de cualquier otro animal. No se puede vindicar el derecho a la vida, que la vida sea un bien protegible cual un absoluto cuando en el existir humano, si no hay libertad, no hay posibilidad de vida personal. Por ello la libertad, la autonomía, que gestiona la vida del humano sabrá decidir cuándo el individuo es consciente de que ha llegado a su propio término y se apea de la vida sin tener que dar cuenta a ninguna instancia. Al hablar de la conducta eutanásica habría que mirar hacia atrás respecto a la vida de una pareja y comparar el ayer y el hoy. Hubo tiempos en que el clan, la familia o alguna institución marcaban las condiciones que anulaban o limitaban la libertad de los contrayentes. Hoy en nuestra civilización occidental ni el Estado ni otra institución tienen derecho a pedir cuentas de la elección de pareja, ni del sexo o la edad, ni si se tiene intención de continuar hasta que la muerte los separe. La libertad es el gran valor y también tiene que serlo en el respeto a la valoración de las conductas eutanásicas.

En resumen, si tomamos la fecha del inicio de una democracia constitucional, llevamos 42 años de espera para poder ser libres en el morir debido a la insensibilidad política de los partidos y del Congreso. Al político habría que recordarle la reflexión sensata de Kant: “nadie puede hacerme feliz contra mi voluntad sin cometer una injusticia para conmigo. Una forma de coaccionar a otro es imponerle cómo ha de ser feliz”. Si los políticos la asimilasen, se descargarían del paternalismo de Estado que no les deja escuchar al ciudadano. En una palabra, una ley de eutanasia debiera ser una ley de libertad en el morir como corresponde a un ciudadano libre, que no súbdito.

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