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LAICIDAD Y ENSEÑANZA DE LA RELIGIÓN EN LA ESCUELA PÚBLICA

Número 80 (sept.-oct.’05)
– Autor: Luis Gómez Llorente –
 
1. LO QUE DEBIERA SER

Aceptada la laicidad del Estado,y, por tanto, su neutralidad o estricta aconfesionalidad, lo más coherente sería que en la escuela pública no se impartiera ningún tipo de religión confesional, sin perjuicio de que hubiera una materia común para todos los alumnos sobre el Hecho Religioso, basada epistemológicamente en disciplinas tales como la Historia de las Religiones, la Fenomenología de la Religión, la Filosofia de la Religión, etc.

Una tal enseñanza, de carácter estrictamente académico, debiera ser impartida por personal especialista,proceda de cualesquiera Universidades, que acredite simplemente su altura científica y pedagógica como el resto del profesorado, gozando, por tanto, de idéntico estatus profesional a todos los efectos.

La extraordinaria importancia del hecho religioso no sólo en la historia de la humanidad, sino en el presente de nuestras sociedades, lo justificarían ampliamente, logrando así el grado de sistematismo y atención que resultan inalcanzables con la hipotética “transversalidad» de estas enseñanzas.

Nos consta que muchosteólogos y no pocos profesores de religión comparten este planteamiento. Sin embargo, no podemos profundizar aquí en su desarrollo porque, como es bien sabido, la postura de la Jerarquía de la Iglesia católica lo descarta categóricamente. Ellos quieren una enseñanza de la religión para los católicos basada en la Sagrada Teología, doctrinalmente diseñada y controlada por la Jerarquía, a cargo de un profesorado cuya «missio» dependa de la autoridad eclesiástica. Ellos sólo aceptan y proponen un conocimiento del Hecho Religioso de carácter estrictamente académico para los paganos, para los que rehúsen las clases de religión confesional, a los que, por cierto, pretenden imponérselo obligatoriamente como alternativa.

2. LO QUE PUDIERA SER

La Jerarquía católica exige -y está desde luego en su derecho- el cumplimiento estricto del artículo 27,3 de la Constitución, y el artículo IIº del Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, suscrito entre el Estado español y la S. Sede. Por tanto, dejando aparte otras especulaciones, tal es el marco en el que han de producirse por ahora las propuestas viables.

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