jueves, marzo 28, 2024
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LA PUESTA EN MARCHA DE LA LEY DE DEPENDENCIA. POSIBILIDADES PARA LA IMPLANTACIÓN DE UNA NUEVA FIGURA PROFESIONAL

Éxodo 87 (ener.-febr.’07)
– Autor: Mª Jesús Arriola y Usue Beloki –
 
NECESIDAD DE NUEVOS PLANTEAMIENTOS

La aprobación de la Ley 39/2006, del 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia, más conocida popularmente como Ley de Dependencia, ha constituido un primer gran paso en la atención a personas que por diferentes circunstancias de salud y/o sociales se encuentran necesitadas de ayuda para la realización de las actividades de la vida diaria. Esta Ley se caracteriza por abarcar un amplio abanico de propuestas y actuaciones, que se irán concretando a medida que para su desarrollo se vayan aprobando los reglamentos correspondientes.

En cuanto a las prestaciones del sistema para la atención a la dependencia, la Ley hace mención a la mejora de la calidad de vida y la autonomía personal de las personas dependientes de acuerdo a los siguientes objetivos (Art. 13):

– Facilitar una existencia autónoma en su medio habitual, todo el tiempo que desee y sea posible. – Proporcionar un trato digno en todos los ámbitos de su vida personal, familiar y social, facilitando su incorporación activa en la vida de la comunidad.

Estos objetivos remarcan los planteamientos que vienen recogidos en todas las políticas sociales dirigidas a la atención de las personas mayores, que hacen referencia a prestar atención a la persona en su medio habitual de residencia, y hacerlo garantizando una buena calidad de vida. Para ello en la Ley se incluye un catálogo de servicios (arts. 15 y 16) y prestaciones económicas (arts. 17, 18, 19, 20).

Hasta la fecha, la atención de las personas dependientes en su entorno habitual ha sido realizada prácticamente en su totalidad desde las redes tejidas por las familias más o menos amplias o por los grupos primarios más próximos, con el apoyo puntual de algunos servicios institucionales como la Ayuda a Domicilio o los Centros de Día.

Sin embargo, la familia actual está viendo alterada su naturaleza y composición tradicional tanto desde un punto de vista cuantitativo, como cualitativo. Cuantitativamente, se ha visto profundamente mermada en su número y composición. La reducción brusca de la tasa de natalidad desde mediados de los años 70, la incorporación creciente de la mujer al mercado de trabajo y los cambios en las pautas culturales han transformado hasta tal punto la vida familiar que han redundado al fin y a la postre en la reducción de su tamaño y en las posibilidades para desarrollar funciones que hasta hace poco se le consideraban privativas. Cualitativamente, los efectos derivados de procesos de reestructuración familiar, de cambios en los comportamientos sociales y de las dificultades de conciliar la vida familiar con otros ámbitos han provocado una modificación profunda del concepto y significado de la familia. No es de extrañar, por lo tanto, que algunos expertos digan que estamos asistiendo a una verdadera revolución.

Ante este nuevo escenario hay quienes plantean que las familias van a dejar de prestar atención a las situaciones de necesidad que están presentando las personas mayores, y que ello va a ser debido, no tanto por un cambio de valores en cuanto a la solidaridad intergeneracional, como a la influencia de cambios socioeconómicos como los mencionados, que dificultan la realización de las tareas a las que tradicionalmente respondía.

Esta opinión no es compartida por otros teóricos que sostienen que no sólo han cambiado las condiciones del entorno social de las familias, sino que, además, los propios valores de solidaridad, tan arraigados en otros momentos históricos, están en cuestión; vivimos en una sociedad mucho más individualista, en la que el valor del presente y su disfrute es lo que cuenta, por lo que la atención social a las personas más dependientes, no va a querer ser asumida por el ámbito familiar y se va a trasladar al ámbito institucional público.

Sin embargo, las evidencias que se derivan de la atención a los mayores en el ámbito europeo muestran que las familias quieren seguir ejerciendo un papel importante en la cobertura de las situaciones de necesidad que presentan sus familiares, pero solicitan apoyo a la sociedad y en especial a los estamentos públicos, para poder realizar estas funciones de ayuda. Es lo que se conoce como complementariedad de los cuidados, que indica que los servicios formales de apoyo son utilizados para aumentar la contribución de las personas cuidadoras y usualmente representan una especialización de tareas entre los proveedores de apoyo formal e informal.

Dentro del ámbito familiar, las personas cuidadoras cada vez más asumen el cuidado expresando de manera explícita las condiciones necesarias para llevarlo a cabo, en cuanto a tiempo libre, económicas, de colaboración de otros miembros de la familia, y buscando el apoyo a través de recursos externos, públicos y privados 3. Los cuidadores /as demandan de la sociedad en general, pero específicamente de la Administración, que entienda su situación y que les preste ayuda de acuerdo a la realidad que están viviendo. En suma, ellos /as junto con las personas atendidas son los interlocutores válidos ante la Administración, lo que implica que ésta debe reconocer en los mismos su capacidad de decisión tanto sobre la mejor forma de atención para la persona mayor como que la propia persona que cuida debe ser ayudada.

La demanda a la Administración es un cambio en la relación predominante hasta ahora, en la que las personas atendidas y las personas cuidadoras tenían asignado un papel de receptoras de programas y de ayudas previamente diseñados, hacia una relación de carácter más horizontal, en la que se considere al grupo familiar o a la persona con necesidad de atención, interlocutor directo a la hora de establecer los recursos y ayudas que necesita la persona atendida.

UNA NUEVA PROFESIÓN: LA GESTIÓN INTEGRAL PARA LA ATENCIÓN DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA

Es en este nuevo escenario de colaboración en el que contemplamos el papel del modelo de intervención profesional denominado gestión integral de casos (o coordinación, servicio de dirección, gerencia de casos…).

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